Home / Area / DOCTRINA EN DOS PÁGINAS Diario DPI Suplemento Derecho del Cambio Climático -17.12.2015


DOCTRINA EN DOS PÁGINAS

Hay “Acuerdo de Paris”

Por Marcelo López Alfonsín

Iniciamos este año este Suplemento, con la intención de hacer el recorrido que nos llevaría a la COP 21 en Paris. El pasado sábado 12 de Diciembre, luego de arduas negociaciones y con un día de retraso, el presidente de la COP21, Laurent Fabius junto a François Hollande, presidente de Francia; Ban Ki-moon, secretario general de las Naciones Unidas; y de Christiana Figueres, secretaria ejecutiva de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, anunciaron que 195 países habíanacordado un instrumento – legalmente vinculante – para enfrentar en conjunto el  cambio climático. Dos son los documentos elaborados, el “Acuerdo de Paris” que debe ser ratificado por cada uno de los países firmantes entre abril de 2016 y abril de 2017 antes de su entrada en vigencia en 2020, y el segundo es una “Decisión” que contempla la guía de trabajos que se deberán llevar a cabo hasta la entrada en vigor del “Acuerdo”.

La importancia que reviste el documento de “Decisión” está estrechamente vinculada con los objetivos que han presentado cada Estado en sus INDCs,  y la meta conjunta que se ha planteado. La intensión ya no es reducir a 2°C, sino que se aspira a 1.5° – respecto a los niveles preindustriales – y las contribuciones nacionales presentadas prevén un incremento de 2.7°C, razón por la cual es indispensable que en el periodo 2016-2020 se trabaje de forma conjunta y a conciencia en las Contribuciones Nacionales planteadas. A su vez, se deberá informar cada 5 años el avance y/o modificación de sus INDCs, del inventario de sus emisiones y capturas de GEI, para que sean sometidos a un control por parte de un panel de expertos. La desventaja que encontramos en este punto, es que a pesar de buscar dar un control y transparencia a los compromisos de los Estados, si estos no lo cumplen no habrá sanciones punitivas.

En el documento “Acuerdo de Paris”, se lograron muchos avances. A nuestro entender, los principales están vinculados al tema del financiamiento por un lado, y por otro al mecanismo de “balance mundial” para  el cumplimiento de los objetivos de temperatura y  la reducción de GEI a largo plazo y el financiamiento. Con respecto al financiamiento, se estableció que las partes que son países desarrollados deberán proporcionar recursos financieros a las Partes que son países en desarrollo para prestarles asistencia tanto en la mitigación como en la adaptación – como mínimo” US$100.000 millones anuales – también deberían seguir encabezando los esfuerzos dirigidos a movilizar financiación para el clima a partir de una gran variedad de fuentes, instrumentos y cauces, teniendo en cuenta el importante papel de los fondos públicos, a través de diversas medidas, como el apoyo a las estrategias controladas por los países, y teniendo en cuenta las necesidades y prioridades de las Partes que son países en desarrollo.  Para evaluar el avance colectivo en el cumplimiento de su propósito y de sus objetivos a largo plazo del Acuerdo, se estableció “balance mundial ”que será evaluado periódicamente por la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Acuerdo de París, examinando la mitigación, la adaptación, los medios de aplicación y el apoyo, en equidad y con la mejor información científica disponible. El primero será en 2023 y a partir de cada cinco años. La intención de este balance y su revisión es que se actualicen y mejoren, del modo que determinen a nivel nacional y para que aumente la cooperación internacional en la acción relacionada con el clima.

A su vez se ha establecido que los países desarrollados deberán seguir encabezando los esfuerzos y adoptando metas absolutas de reducción de las emisiones para el conjunto de la economía, mientras que los países en desarrollo deberían seguir aumentando sus esfuerzos de mitigación, y se las alienta a que, con el tiempo, adopten metas de reducción o limitación de las emisiones para el conjunto de la economía, a la luz de las diferentes circunstancias nacionales. Por el lado de los países menos desarrollados y los pequeños Estados insulares en desarrollo  – quienes  al inicio de la Cumbre expresaron su preocupación por el riesgo de desaparición que corren – podrán preparar y comunicar estrategias, planes y medidas para un desarrollo con bajas emisiones de gases de efecto invernadero que reflejen sus circunstancias especiales.

Se instó a fortalecer la cooperación en el desarrollo y la transferencia de tecnología para mejorar la resiliencia al cambio climático y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, mediante el Mecanismo Tecnológico y, con medios financieros, por el Mecanismo Financiero de la Convención, para también facilitar el acceso de las Partes que son países en desarrollo a la tecnología, en particular en las primeras etapas del ciclo tecnológica o.

Se acordó que se deberá acompañar  la adopción de medidas para  mejorar la educación, la formación, la sensibilización y participación del público y el acceso público a la información sobre el cambio climático.

El Acuerdo de Paris entrará en vigencia al trigésimo día contado desde la fecha en que no menos de 55 Partes en la Convención, cuyas emisiones estimadas representen globalmente un 55% del total de las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero, hayan depositado sus instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión.

Pasó Paris, y con ello la última colaboración de este año. Esperamos haber aportado para poner luz sobre algunas cuestiones para el camino transcurrido. Paris nos dejó un documento y mucho trabajo por delante. Habrá que estar en alerta a los próximos pasos. Abril del 2016 nos encontrara en Nueva York, dando inicio a la firma de este Acuerdo que unió al mundo. Nos vemos allí.

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