Home / Area / DOCTRINA EN DOS PÁGINAS 1 Diario DPI Suplemento Derecho Público Comparado Nro 04 – 25.08.2016


DOCTRINA EN DOS PÁGINAS

El proyecto legislativo alemán sobre el uso del burka

Por Patricio Maraniello

El burka[1] o burqa, es una forma de ropa tradicional usada fuera de sus casas por mujeres en países de religión islámica.

El llamado burka completo o burka afgano es una prenda que cubre el cuerpo y la cara por completo. Por otro lado, el niqab es un tipo de velo que se ata a la cabeza, sobre un cobertor de cabeza y que cubre la cara a excepción de una apertura en los ojos para que la mujer pueda ver a través de ella.

Ambas, aunque difieren en sus formas, son utilizadoas por algunas mujeres musulmanas como una interpretación del código de vestido del hiyab[2].

         La cuestión principal se presenta cuando este tipo de hábitos religiosos son trasladados a otros países, pues además de resultar totalmente ajenos a sus costumbres, se ha considerado que dicha utilización choca con derechos de los propios estados.

Ello ha ocurrido en varios países de Europa, donde por medio de la ley han prohibido su uso. Entre ellos podemos citar a Bélgica[3], Países Bajos[4], Italia[5] y Francia[6]. En 2015 los líderes de África Occidental acordaron prohibir el velo integral islámico burka en sus respectivos países.

En Alemania, en medio de la tensión generada por los atentados terroristas del pasado mes de julio de este año, la canciller alemana Ángela Merkel ha abierto las puertas a una restricción parcial del burka, pues considera que el burka no pertenece su país y supone un obstáculo para la integración y la seguridad.

El ministro del Interior de Alemania Thomas de Maizière y sus compañeros de la Unión Demócrata Cristiana (CDU), han decidido someter a la aprobación parlamentaria el uso de todos aquellos pañuelos que oculten el rostro de las mujeres como son el burka, el niqab o el chador integral, prohibiéndolo solamente en escuelas, universidades, enfermerías, oficinas públicas o durante la conducción de un automóvil.

En un análisis netamente jurídico, vemos que este es un excelente ejemplo de choques frontales de derechos constitucionales. Así vemos que por un lado tenemos los derechos de libertad de culto y de intimidad, y por otro lado encontramos los derechos de seguridad, de integridad de culturas y de igualdad de género.

Ante ello, debemos decir que cuando se enfrentan derechos constitucionales considerados como derechos sensibles, ninguno puede destruir a otro, es decir, no pueden destruirse mutuamente, sino compatibilizarse y armonizarse cada uno de ellos.

Por dicho motivo, no resulta adecuado, bajo ningún concepto, prohibir el uso del Burka en forma completa, pues estaríamos destruyendo en forma completa la libertad de culto, resultando más correcto limitarlo o regular su uso.

Por ejemplo, en Bélgica, en el año 2010 el Tribunal Constitucional puntualizó que esta prohibición no afectaba a los lugares de culto abiertos al público, por el riesgo de que esta medida pudiera violar la libertad religiosa.

En septiembre de 2009, se planteó un conflicto cuando una mujer de origen marroquí, llamada Fátima Hssisni[7] se negó a quitarse el velo para declarar como testigo ante la Audiencia Nacional[8]. En estos casos, para valorar los testimonios y su credibilidad es imprescindible ver el rostro de los declarantes. Por dichos motivos, accedió a descubrirse frente a los jueces sin la presencia de público.

Finalmente, en un nuevo gesto que ilustra el pragmatismo político del Gabinete de Merkel y de compatibilidad de derechos, Berlín pretende navegar en el medio de los derechos en pugna, eligiendo una opción a medio camino que muestre su voluntad por tomar medidas sin acentuar el miedo, y calmar a una opinión pública cada vez más inquieta sobre los peligros que conlleva la lucha social, cultural y política de los países musulmanes.

[1] Palabra que deriva del árabe, ??  burqa`

[2] Velo que cubre la cabeza y el pecho.

[3] En 2010, Bélgica se convirtió en el primer país europeo que prohibió el uso del velo integral (burka y niqab) en los espacios públicos.

[4] El gobierno neerlandés anunció el 17 de noviembre de 2006 la aprobación de una ley que prohíbe en los lugares públicos el uso del burka y otras formas de velo islámico que esconde los rostros

[5] En la lucha contra el terrorismo, la legislación italiana, que data de 1970, prohíbe el uso de las prendas que cubren la cara.

[6] En Francia, el uso del burka en lugares públicos está prohibido. Desde 2004 el uso del burka se ha prohibido en las públicas francesas, como resultado de una ley que prohíbe a los estudiantes usar los símbolos religiosos visibles.

[7] Hermana de dos presuntos miembros de Al Qaeda,

[8]El juicio era celebrado contra nueve presuntos terroristas acusados de formar una red internacional yihadista vinculada a Al Qaeda.

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