Home / Area / COSTAS – Art. 68 del Código Procesal Civil


jurisprudencia

Necesidad de fundamentar la excepción al principio

Brugo, Marcela Lucila c/Eskenazi,Sebastián y otros s/ simulación.

5°) Que, al resolver de esa manera no dio debido cumplimiento
con lo prescripto por la norma del art. 68 del Código
Procesal Civil y Comercial de la Nación, y su exigencia de fundar
adecuadamente la posible excepción al principio básico aIlí
sentado. En efecto, de la regIa general se desprende que quien resulta vencido debe cargar con los gastos que debió realizar au
contraria para obtener el reconocimiento de au derecho, yla
existencia de jurisprudencia o doctrina discrepante -tal como
hace mención el a quo- no resulta ser razón auficiente para
apartarse del principio objetivo de la derrota.
Al ser ella, así, aquel fundamento no constituye una
pauta que remita de una manera concreta a las constancias del
expediente y a las conclusiones del fallo que lo anteceden, de
manera que puedan considerarse objetivamente expuestas las circunstancias evaluadas para no imponer las costa s a la parte vencida
(Fallos: 311:2775).

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