Home / Area / COMENTARIO BIBLIOGRÁFICO Diario DPI Suplemento Derecho Público Comparado Nro 2 – 19.05.2016


COMENTARIO BIBLIOGRÁFICO

Una nueva obra del jurista brasileño Valerio de Oliveira Mazzuoli

Por Walter F. Carnota

De vastísima producción bibliográfica, el internacionalista brasileño Valerio de Oliveira Mazzuoli acaba de publicar en su país la segunda edición de su “Curso de Direitos Humanos” (GEN Editora, Sao Paulo, 2015). Su dilatada trayectoria académica abarca al Derecho Internacional Público[1], al Derecho Comunitario o de la Integración, al Derecho Constitucional y, sorprendentemente, por exceder y superar la clásica bipolaridad “derecho público/derecho privado”, al Derecho Internacional Privado. Ello, sin perjuicio de destacar, que la lente del Profesor Mazzuoli se ha focalizado, al menos desde los últimos tiempos a esta parte[2], en el complejo fenómeno de los derechos humanos, trama en donde se inscribe esta flamante entrega.

El autor parte de una premisa basal: que los derechos humanos técnicamente son aquellos protegidos por normas internacionales (declaraciones y sobre todo, tratados), diferenciándolos de la categoría de los derechos fundamentales, que tienen su anclaje en los textos constitucionales. Toda su construcción subsiguiente se va a encaminar a promover e incentivar la cooperación internacional en este campo.

Así, el escritor no sólo maneja las taxonomías de uso que signan a este sector del ordenamiento jurídico (las “generaciones de derechos” y su crítica; los sistemas global y regionales de tutela) sino también problematiza cuestiones más novedosas como ser, inter alios, el control de convencionalidad (capítulo XIV)[3], la justicia transicional (capítulo XVI) o el libre acceso a Internet (capítulo XVII). Esas nuevas dimensiones confieren al libro del Profesor Mazzuoli  un decisivo toque de actualidad.

Pero estas nuevas reflexiones se ubican, como el resto del volumen, en la constante preocupación del autor para que los derechos humanos no sean puramente declamatorios. Al contrario, ellos actúan como acicate ético y transformador, impelen a la acción y mueven a su concreción práctica.

Esta visión entusiasta por los derechos humanos lo hace optar por una interpretación extensiva al momento de analizar la jerarquía de los tratados internacionales de derechos humanos a la luz de la Enmienda 45 del 8 de diciembre de 2004 (publicada en el DOU el 31 de dicho mes y año), que incorpora el párrafo tercero[4]   -entre otras reglas- al artículo 5 de la Constitución de la Unión de 1988. La norma aludida confirió a esos tratados aprobados con quórum agravado una equivalencia con las enmiendas constitucionales. Relaciona así esta disposición con la del párrafo segundo del mismo artículo, proponiendo en clave contextual un “bloque de constitucionalidad” (p. 229). Dicho criterio rescata la constitucionalidad material de los tratados de derechos humanos previos a la referida enmienda de 2004, mientras que confirma el carácter material y formalmente constitucionales de aquellos posteriores al acto de reforma. En definitiva, los brasileños con menor explicitud constitucional pueden realizar con más rotundidad ciertas aseveraciones, que los argentinos con una regla bien intencionada pero poliédrica como la del artículo 75.22 agregado por la reforma constitucional federal de 1994 no podemos.

Ello ya se preanunciaba en sus escritos internacionalistas, criticando  -como lo hizo en su oportunidad en nuestro medio Germán Bidart Campos- a la identidad jerárquica entre ley y tratado, es decir, a la fuente interna y a la internacional, y a la posibilidad de un “treaty override”. Es que nuestras Cortes Supremas  -la CSJN argentina y el TSF brasileño- abrevaron en las fuentes de su par norteamericano, que instauró esa postura desde el s.XIX, época marcada por la desconfianza de los contenidos oriundos del “outside law” (derecho externo).

[1] DE OLIVEIRA MAZZUOLI, Valerio, Direito dos Tratados, segunda edición, Rio de Janeiro, GEN Editora, 2014. Del mismo autor, Direito Internacional Público (Parte Geral), octava edición, Thomson Reuters Revista dos Tribunais, São Paulo, 2014.

[2] Entre muchos otros aportes, véase GOMES, Luiz Flávio y DE OLIVEIRA MAZZUOLI, Valerio, Comentários a Convencao Americana sobre Direitos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica),, octava edición, Thomson Reuters Revista Dos Tribunais, São Paulo, 2013.

[3]Asimismo, ver MARINONI, Luis Guilherme y DE OLIVEIRA MAZZUOLI, Valerio (Coordinadores), Control de Convencionalidade (Un panorama latinoamericano), Brasilia, Gazeta Jurídica, 2013, donde tuvimos el honor de escribir un capítulo.

[4]Dispositivo caracterizado por haber privilegiado a los derechos humanos. BONAVIDES, Paulo, Curso de Direito Constitucional, Sao Paulo, Malheiros, 2015, p. 703.

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