Home / Area / COLUMNA DE OPINIÓN Diario Constitucional y Derechos Humanos Nro 87 – 05.10.2015


COLUMNA DE OPINIÓN

CARLOS S. FAYT

Por Alberto B. Bianchi

En una nota fechada el 15 de septiembre pasado, el Dr. Carlos Santiago Fayt comunicó a la Presidenta de la Nación su renuncia como juez de la Corte Suprema con efectos a partir del 11 de diciembre próximo. Si bien la decisión no debería sorprendernos pues, con sus 97 años cumplidos, era previsible que ello ocurriera en cualquier momento, creo que todos alguna vez pensamos que sólo la muerte sería capaz de separar de la Corte al anciano magistrado.

No ha sido así, sin embargo. Una vez más, su férrea voluntad se ha impuesto a todos los acontecimientos y ha sido él -estando aquietada ya una más de las muchas ofensivas políticas que han pedido por su cabeza- quien ha elegido el momento de retirarse. Una decisión sabia que prueba, en contra de lo que muchos han sostenido, que sus años no han empañado su lucidez.

Podría haber hecho efectiva su renuncia en forma inmediata, pero ello le daría a una Presidenta que ya se retira -al menos formalmente- la posibilidad de cubrir dos vacantes en la Corte, negociando una de ellas con la oposición. De esta manera, en cambio, deja esta decisión para el próximo Presidente, habilitándolo para tomarla desde el primer día de su mandato. Veterano estudioso de la política y conocedor de ella en la práctica, Fayt ha puesto un freno a quien se va y deja el campo libre a quien está por llegar. Lo ha hecho, además, cuando la carrera presidencial no está definida aún, de modo tal que nadie pueda enrostrarle que su decisión beneficia a alguno de los candidatos en particular.

Con la nota del 15 de septiembre, Carlos S. Fayt ha puesto término al más extenso de los mandatos que registra un juez de nuestra Corte Suprema. Ha ocupado su sillón por espacio de casi 32 años, desde que jurara el 23 de diciembre de 1983. Es el último integrante de aquella Corte designada por Raúl Alfonsín cuando estrenaba su mandato.Nacía por aquel entonces en todos nosotros, la esperanza de que en la Argentina podía construirse una República en serio, en la cual la inteligencia superara a la viveza, esa forma inferior del pensamiento,esa herramienta intelectual del populismo, como la calificó Víctor Massuh. Tres décadas después, el viento franco que enchía esas velas ha cesado y estamos ante una pesada calma tropical que presagia tormentas.

Siempre he dicho que el armado de la Corte por el presidenteAlfonsín fue un ejemplo de que en el Tribunal se pueden designar a los conocidos y confiables, sin caer en los impresentables. Así lo han hecho, desde siempre, los presidentes norteamericanos con buenos resultados, en promedio. Obviamente, el problema lo tienen aquellos que sólo están rodeados de impresentables.
Haciendo un gesto que parecía propio de un república de ángeles, Alfonsín primero le ofreció la presidencia de la Corte a Ítalo Luder, su ex opononente en la campaña presidencial, sabiendo perfectamente que no aceptaría. Luego de cumplido este gesto “para la tribuna”, Alfonsin eligió a tres hombres de su confianza que, además, eran destacados juristas: Genaro Carrió, José Severo Caballero y Augusto César Belluscio. Asegurada esa mayoría en una Corte de cinco miembros, el flamante presidente podía abrir ventanas al pluralismo político y eligió entonces a Carlos S. Fayt, un socialista antiperonista, y a Enrique Santiago Petracchi quien, pese a provenir del peronismo –partido al cual, como vemos, se le dio un limitado espacio- se convirtió en un gran aliado de Alfonsín en la Corte.Ya en aquel entonces Carlos Fayt era el segundo juez más veterano del Tribunal, superado apenas por Caballero, nacido en 1917.

Fayt nació en 1918, en Salta, provincia de la que, en 1958, fue candidato a gobernador por el socialismo. Tal era, hasta el momento en que fue designado en la Corte, su máxima exposición en la política partidaria. Su vida había estado dedicada principalmente a la actividad profesional y a la docencia. Graduado como abogado en la Universidad de Buenos Aires en 1941 y más tarde Doctor en Jurisprudencia, la vida académica de Carlos S. Fayt se inició en 1940 cuando se incorporó como ayudante al Seminario de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.Actualmente es Profesor Emérito de la Universidad Nacional de Buenos Aires.

Imagino que su designación en la Corte debe haber destado alguna polémica en el seno de la comisión de acuerdos del Senado, especialmente entre los senadores justicialistas. En 1967, en un libro titulado “La Naturaleza del Peronismo”, Fayt había definido a éste último como “una forma de autoritarismo basada en el poder de las masas”. Años después en, 2008, en una entrevista concedida al diario La Nación dijo “[m]i tesis doctoral en la Universidad de Buenos Aires criticaba la reforma constitucional que aprobó Perón en 1949. Los jurados no me quisieron tomar el examen y tuve que escribir otra tesis. Pero, al margen de ese asunto, siempre me interesó estudiar el peronismo. Al fin de cuentas, yo enseñaba Ciencia Política. Además, siempre critiqué a los partidos -al peronismo y al radicalismo-, que compran votos. Por eso, en un libro de los años ‘40, en lugar de hablar de la soberanía argentina, hablé de la “sobornería” argentina. Yo, por mi parte, siempre admiré a los líderes socialistas Nicolás Repetto y Alfredo Palacios, pero me aparté del socialismo en el ‘58”.
Va a ser muy difícil encontrar un juez tan independiente de los poderes políticos. Tampoco será fácil hallar a alguien con su austeridad y sencillez. Si bien éstas últimas son “virtudes pasivas” -bien que no en el sentido constitucional al que Alexander Bickel se refería en su célebre obra “The Least Dangerous Branch”- las mismas son la plataforma esencial sobre las cual descansa la judicatura, la buena judicatura.

Sin independencia, austeridad y sencillez, la erudición jurídica de un juez -por esencial que ésta sea- puede caer en la condena de Ghandi: “sabiduría sin carácter, ciencia sin humanidad”. No es el caso de Carlos S. Fayt. Podemos estar de acuerdo o en desacuerdo con sus votos como juez de la Corte, pero nadie jamás podrá objetar su independencia, su austeridad y su sencillez. Puedo dar testimonio de ello. Recuerdo que cuando comenté la sentencia de la Corte recaída en el célebre caso que planteó para no tener que obtener un segundo acuerdo del Senado al cumplir 75 años de edad, me llamó personalmente para agradecerme haber publicado el artículo, pese a que mi línea argumental –si bien coincidente con el fondo de la cuestión planteada- no era la misma que él había sostenido en su demanda.

Es muy difícil,en una apretada síntesis como ésta, hacer una reseña objetivamente respetuosa de sus numerosísimos votos a lo largo de más de tres décadas. Ello solamente sería posible por medio de un estudio mucho más profundo. Me limitaré, entonces, a hacer un simple y muy incompleto muestreo de los mismos, el cual permite advertir que estuvo a favor del divorcio vincular con readquisición de la aptitud nupcial en “Sejean” (1986), pero no votó inicialmente para desincriminar la tenencia de drogas para uso personal en “Bazterrica” y “Capalbo” (1986), posición que cambió años después en “Arriola” (2009). Ha defendido la libertad de expresión en “La Prensa” (1987) y ha ratificado esa defensa al pronunciarse a favor de la doctrina de la real malicia (“Vago c. Ediciones La Urraca”, 1991), al fallar en contra de la censura judicial previa (“Servini de Cubría”, 1992), al restringir la discrecionalidad en el manejo de la publicidad oficial (“Editorial Río Negro c. Provincia de Neuquén”, 2010) y, más recientemente, en el controvertido caso “Grupo Clarín” (2013),en el cual su voto fue el de mayor impacto contra la constitucionalidad de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

En su momento, votó –en minoría- por permitir la asociación civil de defensa de los homosexuales (“Comunidad Homosexual Argentina”, 1991) y ha defendido también la privacidad en las comunicaciones personales (“Halabi”, 2009), la independencia de los jueces (“Rizzo”, 2012) y la libertad religiosa (“Bahamondez”, 1993 y “Albarracini Nievas”, 2012). También se ha expedido en contra de la punición del aborto (“F, A. L.”, 2012).

Fue el único juez de toda la Corte –recién ampliada a 9 jueces- que votó en contra del recurso “per saltum” interpuesto por el entonces Ministro de Obras y Servicios Públicos en el caso sobre la privatización de Aerolíneas Argentina (“Dromi”, 1990) e integró la minoría que votó en contra de un recurso similar interpuesto por el jefe de Gabinete con motivo de la privatización de los aeropuertos (“Jorge Rodríguez”, 1997). Apoyó las medidas de restricción económica (canje forozoso de depósitos bancarios por bonos externo) en “Peralta” (1990), pero falló en contra del “corralito bancario” en “Smith” (2002) y también se opuso a la pesificación de las obligaciones expresadas en moneda extranjera en “San Luis” (2003) y “Bustos” (2004). Más tarde en “Massa” (2006), admitó que el Estado nacional podía ser responsable de los daños y perjuicios producidos por dicha pesificación.

Podrían agregarse muchos fallos y votos más, pero, insisto, ello requeriría de un estudio más profundo y sistemático de su trayectoria que,ojalá, se emprenda alguna vez. Sólo quiero agregar, para concluir, que Carlos S. Fayt, además de su erudición, austeridad y sencillez, ha sido un juez valiente. A nadie escapa que la Corte Suprema está lejos de ser un lugar de ocio intelectual y descanso. Allí se deciden cuestiones de la mayor trascedencia y ninguno de sus jueces está exento de la presión que cada uno de esos casos representa para quienes los deciden. Fayt ha sobrellevado esa carga por más de 30 años con dignidad y equidistancia. Merece por todo ello nuestro respeto y un merecido homenaje de sus conciudadanos.

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