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jurisprudencia

Modo anormal de terminación del proceso. Interpretación restrictiva

Equren, Horaeio Fulgeneio y otro c/ P.E.N. dtos. 1570/01 - 214102 s/ amparo ley 16.986.

5°) Que a ello se suma que esta Corte ha resuelto en reiteradas oportunidades, que por ser la caducidad de instancia un modo anormal de terminación del proceso, y de interpretación restrictiva, la aplicación que de ella se haga debe adecuarse a ese carácter sin llevar el criterio que la preside más allá del ámbito que le es propio (cont. Fallos: 319:1024, 1142 y 1769; 323:2067; 324:1922; 325:3392; 326:1183; 327:1430, entre muchos
otros) .

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