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jurisprudencia

Atribuciones conferidas al BCRASuspensión de la operatoria de una entidad financiera. Revocación de autorización para operar.

Establecimiento Metalúrgicos Ochoteeo S.A.I.C. c/ Banco Central de la República Argentina.

8°) Que, por lo demás, quien imputa al Banco Central de la República Argentina responsabilidad civil por un obrar negligente o ilícito tiene la carga de individualizar y probar, del modo más concreto posible, el ejercicio irregular de la función (Fallos: 318:74). Al respecto, cabe recordar que la suspensión de la operatoria de una entidad financiera encuentra sustento en las atribuciones que la ley ha conferido al Banco Central de la República Argentina como eje del sistema monetario y financiero y que aquélla no fue cuestionada por la sociedad actora. A su vez, el art. 49 de la Carta Orgánica establece que la suspensión transitoria de operaciones, en ningún caso, dará derecho a los acreedores al reclamo por daños y perjuicios contra el Banco o el Estado Nacional. Por otra parte, esta Corte ha interpretado que dicha suspensión, puede derivar en la revocación de la autorización para operar por la afectación de la solvencia o liquidez del intermediario financiero, asimilable al estado de cesación de pagos,
por lo que no corresponde efectuar pagos a los acreedores beneficiando a uno de ellos respecto de otros y obviar la prohibición legal, lo cual es claramente inaceptable (doctrina de Fallos: 329:2876), máxime cuando, como en el caso, el importe registrado a favor de la sociedad exportadora en el intermediario financiero no se encuentra alcanzado -como señala el recurrente por el privilegio previsto por los arts. 49 y 53 de la L.E.F., por no constituir un depósito. Esta circunstancia determinó que no fuera incluido en el elenco de pasivos excluidos en el sistema regulado por el art. 35 bis de dicha norma, a diferencia de lo acaecido con la cuen del Scotiabank Quilmes S.A. en el Bank of América, Sucursal Nueva York que -según se consigna a fs. 299 vta., útimo párrafo- fue excluida en el marco del proceso de reestructuración de activos y pasivos aplicado al intermediario financiero.

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