Home / Area / ACTO ADMINISTRATIVO – Art. 17 LPA N° 1510


jurisprudencia

Revocación de decisiones administrativas

“Alvarez Juliá, José c/ GCBA s/ amparo (art. 14 CCABA) s/ recurso de inconstitucionalidad concedido” y su acumulado expte. nº 8319/11 “GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en ‘Alvarez Juliá, J. c/ GCBA s/ amparo (art. 14 CCABA)’”Expte. nº 8354/11

2. Sin embargo, lo cierto es que el recurrente no se hace cargo de que, a criterio del a quo, la interrupción del beneficio reclamado no encontraba respaldo en las normas que organizan la actuación de la administración y regulan el ejercicio de sus potestades (vgr. Arts. 9 y 17 de la LPACABA, fs. 502 vuelta y 503). A ese respecto, vale recordar que la ley marca supuestos en que una decisión administrativa —en el supuesto que nos ocupa la de pagar el subsidio— por regla, no puede ser revocada, esto es dejada sin efecto por medio de otra, sino que se debe acudir a la justicia para anularla.
(FRANCISCO L. LOZANO)

Ver Más