Home / Area / ACCIÓN DE NULIDAD POR COSA JUZGADA IRRITA –


jurisprudencia

Requisitos. Falta de cumplimiento.

D., S. D. promueve acción de nulidad en autos: 'W., D. el S., D. D.- W. S. s/ restitución de menor.

5º) Que con relación al fondo del asunto, corresponde
destacar que, de conformidad con la doctrina de Fallos:
254:320; 279:54; 281:421; 283:66; 323:1222; 328:2773, entre
otros, no se hallan reunidos en el caso los requisitos a los
que se subordina la procedencia de la acción autónoma de nulidad
por cosa juzgada irrita. La pretensión en examen importa un intento
tardío por obtener la revocación del fallo mediante argumentos
que, valorados a la luz del criterio restrictivo con que
debe juzgarse la admisibilidad de la via intentada, no permiten
tener configurada la nulidad pretendida, maxime cuando la parte pudo deducir los remedios que el ordenamiento procesal contempIa
para la defensa de los derechos que entiende vulnerados (conf.
Arts. 172 y 238 del Codigo Procesal Civil y Comercial de la Nacion).

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