Home / Area / 900 – LEY 402, ART. 27 Y 28


jurisprudencia

Articulación contra sentencias definitivas: plazo.

Expte. n° 8335/2011 “GCBA c/ Castelo, Eva Bibiana s/ ej. Fisc. –avalúo s/ recurso de inconstitucionalidad concedido”

3. El recurso de inconstitucionalidad debe articularse contra las sentencias definitivas del tribunal superior de la causa dentro del plazo de diez días contados a partir de la notificación de la resolución que lo motiva (arts. 27 y 28, ley n° 402). Este plazo reviste carácter fatal y perentorio [en similar sentido, para el recurso de queja “Bujman Adela s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: Bujman Adela c/ GCBA s/ empleo público (no cesantía ni exoneración)”, expte n° 2498/03, resolución del 18/12/03 y “GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en D´Urso, Hernán María c/ GCBA s/ amparo (art. 14, CCABA)”, expte n° 3007/04, resolución del 12/8/04].
(ALICIA E.C.RUIZ)

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