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jurisprudencia

Admisibilidad. Revisión de sentencia que no deriba razonablemente del derecho aplicable. Derecho de defensa de recurruentes.

Expte. n° 6535/09 “GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: ‘Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires Alberto c/GCBA y otros s/ amparo (art. 14 CCABA)’” y su acumulado Expte. nº 6545/09 “EDESUR SA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: ‘Defensoría del Pueblo de la Ciudad de la Ciudad de Buenos Aires c/ GCBA y otros s/ amparo (art 14 CCABA)’

2. Los recursos interpuestos por los codemandados GCBA y Edesur demuestran, conforme quedará explicado en lo que sigue, que la sentencia cuya revisión se promueve no constituye una derivación razonada del derecho aplicable para resolver la causa, en tanto la pretensión objeto del litigio no resulta susceptible de ser satisfecha autónomamente por los sujetos demandados e involucra necesariamente el concurso de un órgano nacional (ENRE) que se encuentra fuera de la órbita del gobierno local. Estas circunstancias determinan que el trámite de la causa y su resolución afectan el derecho de defensa de quienes recurren.
Por ello, corresponde admitir los recursos articulados, tratando en primer término la queja del GCBA presentada a fs. 2/11.

(Ana María Conde)

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