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El primer juzgado tuitero es porteño

El juzgado N° 10 en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad se convirtió en el primero en publicar sus resoluciones en la red social Twitter. Se trata de una cuenta oficial en la que se difunden diariamente resoluciones de primera instancia, agenda de audiencias, y contenidos multimediales visibilizando y transparentando la labor diaria del tribunal local.

El tribunal a cargo del Dr. Pablo Cruz Casas ya contabiliza más de 370 tweets según contabiliza el sitio oficial ijudicial.gov.ar y en 94 caracteres, el usuario @jpcyf10 se presentó formalmente ante los usuarios de la red social el 15 de mayo anunciando: “Este es el Twitter oficial del Juzgado en lo Penal Contravencional y de Faltas 10 de la Ciudad”.

La iniciativa es tomada como una “experiencia piloto en el marco de diversas medidas en pos de la transparencia, visibilidad de la gestión judicial y mejora continua de la labor del Juzgado”, explicaron desde el órgano difusor de información del Consejo de la Magistratura.

 “La iniciativa puntual se inserta dentro de un conjunto de acciones que estamos implementando en el juzgado, en busca de la mejora en la calidad de nuestra función. A partir de una sana demanda comunitaria, la rendición de cuentas del sector público, pasó de ser, sólo una obligación normativa formal para transformarse en una necesidad de adaptarse a los nuevos tiempos de relación y participación social. Ello nos convenció de que es indispensable acercar el sistema de administración de justicia a las personas y que para eso resulta necesario y útil trabajar con las herramientas modernas y accesibles que nos aportan las TIC´s”, explicó el juez Casas.

 “Hoy podemos constatar que en los últimos 28 días, hubo más de veinticinco mil trescientas (25.400) ‘impresiones’ –aclaración sobre la utilización del término según el lenguaje de redes sociales- de las ciento veinticinco (125) publicaciones que produjimos en ese periodo. Esta modalidad permite ampliar el alcance del objetivo de garantizar la publicidad de las sentencias judiciales –que es justamente a lo que aspira la obligación reglamentaria de contar con un registro de acceso público- de forma tangible, comprobable y sobre todo mucho más accesible”, destacó.

Y remarcó: “Con el aporte del avance tecnológico y mediante su utilización, los funcionarios públicos podemos rearticular la manera de dar cumplimiento a nuestro deber constitucional de garantizar la transparencia y publicidad de los actos de gobierno; y en particular, en la órbita del Poder Judicial, en tanto uno de los órganos de poder de un sistema republicano, ese mandato de transparencia y publicidad es aplicable respecto de las resoluciones que dictamos los jueces que integra el concepto de acto de gobierno”.