Home / Derecho Público / Administrativo / Diario Administrativo Nro 32 – 26.08.2014

Año: 2, Número: 32

Dirección: Juan Gustavo CORVALÁN
Responsable de Sección: Juan JUSTO
Comité Editorial: Leandro PACHECO BARASSI

DOCTRINA EN 2 PÁGINAS

El acceso a la información por parte de los abogados y las facultades reglamentarias de las personas públicas no estatales

Por Martin SHERIDAN

El autor analiza la normativa provincial que reconoce a los abogados la facultad de requerir por sí mismos información a entidades públicas o privadas y resalta la importancia de evitar que se introduzcan restricciones indebidas a la misma.

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JURISPRUDENCIA

Formar parte de la Policía es actividad riesgosa

”S., A. A. v. Fisco de la Provincia de Buenos Aires y otro/a” – Sup. Corte Just. Provincia de Buenos Aires, (02/07/2014)

Actividad riesgosa – Responsabilidad objetiva contemplada en los artículos 1.113 y 1.109 – Responsabilidad del Estado – Reclamo por incapacidad.

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NORMATIVA DESTACADA

Se aprueba pliego único de bases y condiciones generales

Disposición N° 58/2014. Oficina Nacional de Contrataciones.

Contratación Pública – Pliego Único de Bases y Condiciones Generales – Ámbito de aplicación – Uso obligatorio – Perfeccionamientos.

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ACTIVIDAD ACADÉMICA DESTACADA

Jornada “La nueva ley sobre responsabilidad del Estado”

La Jornada se realiza en conmemoración de los 25 años de la fundación de la Revista de Derecho Administrativo. Se llevará a cabo el día miércoles, 27 de Agosto, a las  17:30 hs., en la Sala Dr. Humberto A. Podetti del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, Av. Corrientes 1455, 2º Piso, Capital Federal.

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ENCUESTA DEL DÍA

¿Cree que son válidas las restricciones a profesionales para requerir por sí mismos información a entidades públicas?