El Tribunal Superior de Justicia revocó por mayoría la decisión de la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario y resolvió que la acción planteada contra el GCBA para que garantizara el cumplimiento del derecho a la salud integral de los menores no configuraba una controversia viable de ser analizada por los jueces de acuerdo a la normativa vigente por no relevar un caso concreto de afectación de los derechos tutelados a raíz de una conducta activa o por omisión del Estado local.